1. Qué es el baremo y por qué condiciona tu indemnización
Cuando sufres un accidente de tráfico con lesiones, la indemnización no se negocia libremente: la fija un sistema legal de valoración conocido como «baremo de tráfico», introducido por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre. Ese sistema, incorporado a la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, establece tablas con cuantías concretas para cada tipo de daño. La consecuencia práctica es doble: la aseguradora no puede ofrecerte lo que quiera, pero tampoco tú puedes pedir lo que quieras. La batalla real se libra en cómo se aplican esas tablas a tu caso.
Las cuantías del baremo se actualizan cada año. Para 2026 la actualización ha sido del +2,9% respecto a las cifras del año anterior, y todas las cantidades de este análisis están ya actualizadas a 2026.
2. Las tres categorías de perjuicio
El sistema distingue tres grandes bloques de daño indemnizable, y conviene conocerlos porque las primeras ofertas de las aseguradoras suelen cubrir bien el primero y quedarse cortas en los otros dos.
Perjuicio personal básico
Es el daño «estándar»: los días que tardas en curarte (lesiones temporales) y, si quedan, las secuelas permanentes medidas en puntos. Es la parte más automática del cálculo y la que cualquier oferta incluye.
Perjuicio personal particular
Aquí entran los agravantes de tu situación concreta: el perjuicio estético, los daños morales complementarios, el perjuicio por pérdida de calidad de vida (cuando las secuelas te impiden o limitan tus actividades), el daño moral a familiares en los casos más graves. Es el bloque que con más frecuencia se minora u omite en las ofertas iniciales.
Perjuicio patrimonial
El dinero que el accidente te cuesta o te impide ganar: gastos de asistencia sanitaria presentes y futuros, gastos diversos acreditados y el lucro cesante (los ingresos que dejas de percibir). Exige prueba documental cuidadosa, y por eso muchas reclamaciones sin asistencia técnica lo pierden por el camino.
3. Lesiones temporales: lo que vale cada día en 2026
Mientras te recuperas, cada día tiene un valor según su gravedad (Tabla 3.A del baremo, valores 2026):
| Grado del día | Situación típica | €/día (2026) |
|---|---|---|
| Muy grave | UCI o riesgo vital | 130,69 € |
| Grave | Ingreso hospitalario | 98,02 € |
| Moderado | Impedido para tu actividad habitual (baja) | 67,96 € |
| Básico | En tratamiento, sin impedimento de actividad | 39,20 € |
A esto se suma cada intervención quirúrgica, que añade entre 522,76 € y 2.091,05 € según su complejidad (Tabla 3.B). Una de las discusiones más habituales con la aseguradora es precisamente la clasificación de los días: cuántos fueron «impeditivos» y cuántos meramente «básicos». La diferencia entre uno y otro grado es de casi 29 € por día — en una recuperación de tres meses, la clasificación puede mover más de 2.500 €.
4. Secuelas: los puntos que valen miles de euros
Si tras el alta quedan secuelas permanentes, se valoran en puntos (de 1 a 100) conforme al catálogo médico del baremo, y el valor económico de cada punto depende de dos variables: el número total de puntos y tu edad en la fecha del accidente (Tabla 2.A.2). La regla general es que el valor por punto crece con el número de puntos y decrece con la edad.
Aquí está el corazón de la mayoría de las discrepancias: el perito de la aseguradora y el del lesionado rara vez coinciden en la puntuación. Unos pocos puntos de diferencia en una secuela —una limitación de movilidad cervical, una cicatriz, un acúfeno— pueden suponer miles de euros. Por eso el informe pericial propio, emitido por un médico especializado en valoración del daño corporal, suele ser la inversión más rentable de toda la reclamación.
5. Dónde se pierden los euros: los puntos de minoración habituales
La experiencia de revisar ofertas motivadas enseña que las partidas que más frecuentemente faltan o se minoran son siempre las mismas: la clasificación a la baja de los días de lesión temporal (días impeditivos contados como básicos); secuelas puntuadas por debajo de lo que el catálogo permite; el perjuicio estético olvidado o valorado en su grado mínimo; las intervenciones quirúrgicas no computadas; el perjuicio por pérdida de calidad de vida omitido en lesiones moderadas; y el lucro cesante directamente ausente por falta de prueba. Cada una de esas partidas existe en la norma. Si no aparece en la oferta, no es porque no proceda: es porque nadie la ha reclamado con la prueba adecuada.
6. Conclusión práctica
El baremo es un sistema cerrado pero no automático: la cifra final depende de cómo se clasifiquen los días, cómo se puntúen las secuelas y qué partidas particulares y patrimoniales se acrediten. La primera oferta de la aseguradora es su punto de partida, no el valor de tu caso. Contrastarla con una valoración técnica propia, antes de firmar nada, es la decisión con mejor relación esfuerzo-resultado de toda la reclamación.
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Antes de aceptarla, deja que la revisemos. La consulta inicial es gratuita y te decimos con franqueza si la cifra es razonable o queda por debajo del baremo. Trabajamos a éxito: solo cobramos si recibes una indemnización.
Consulta inicial gratuita →Este análisis tiene carácter informativo y divulgativo. No constituye asesoramiento jurídico personalizado ni oferta de servicios vinculante. Cada caso requiere un examen individualizado de su documentación. Publicado el 10 de junio de 2026.